lunes, 21 de septiembre de 2015

Elecciones y no repetición

Uno de los elementos críticos de la justicia transicional es el de no repetición. La no repetición se concibe –según la Unidad de Víctimas– como las “acciones, medidas y procesos encaminados a evitar la repetición de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, generar cambios en el funcionamiento de las instituciones, transformar factores estructurales de la violencia y lograr una incidencia positiva en la cultura política, con el fin de fortalecer la política de prevención general”.

En términos generales, y muy vagos, se concibe que la fortaleza de las instituciones, el cumplimiento la ley, la garantía de los derechos y la atención a las víctimas son instrumentos que permiten predecir que los daños y las vulneraciones de un pasado cercano y violento no van a volver a ocurrir. Como suele pasar con nuestras visiones legalistas, rara vez se conecta este tema con la permanencia de organizaciones, colectivos y personas en posiciones desde las cuales pueden seguir lastimando a la población.

Hace poco (31 de julio de 2015), la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá produjo una sentencia que se sale de esta rutina y hace un llamado a las autoridades a tomar medidas concretas para evitar que la población victimizada en el conflicto armado siga sufriendo atropellos desde los cargos de representación pública. La sentencia se dio en un caso contra dos miembros de grupos paramilitares en el Magdalena y el magistrado ponente fue Eduardo Castellanos Roso.

La sentencia usa el concepto “maquinaria política” para significar que “familiares y antiguos coequiperos de personas condenadas por concierto para delinquir agravado se siguen presentando a elecciones”, con el “propósito común de ganar elecciones para ocupar cargos públicos y acceder a las rentas del Estado, sin tener en cuenta consideraciones de tipo programático, ideológico o partidista” (pp. 694-695). Y pone el ejemplo de hijos, hermanos o “asesores de confianza” de personas condenadas por parapolítica u otros delitos graves que remplazan a los condenados en las listas electorales.

La sentencia considera que el triunfo de maquinarias políticas asociadas a personas condenadas por hechos relacionados con el conflicto armado y la extensa victimización de la población, amenaza las garantías de no repetición. Además, “exhorta a la Fiscalía General de la Nación para que… informe si la permanencia en cargos públicos de familiares, amigos o antiguos funcionarios públicos que trabajaron de la mano de personas condenadas por auspiciar grupos armados ilegales, haya podido obstaculizar el cumplimiento de la normatividad de Justicia Transicional”.

No sé si la fiscalía hará algo. Pero los ciudadanos sí debemos actuar. En Antioquia hay más de una docena de políticos condenados que tienen sus maquinarias andando. Por otro lado, ¿Luis Pérez, el alcalde de la Operación Orión y de La Escombrera, es una garantía de no repetición en la gobernación?

El Colombiano, 20 de septiembre.

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