En un ambiente tan pugnaz como el que se vive hoy en Colombia, con tantas muestras de intolerancia política –que ratifican nuestra posición 18ª. en América en este rubro (Lapop 2012)–, no puede resultar extraño que el debate público esté plagado de sofismas y equívocos, algunos tan protuberantes que no parecen inocentes.
La discusión nacional sobre la destitución del alcalde de Bogotá Gustavo Petro por parte de la Procuraduría es un caso ilustrativo de esta baja calidad de la deliberación y de la forma apresurada, parcializada y, en algunos casos, proterva como han intervenido formadores de opinión y funcionarios gubernamentales. Reseñaré algunos:
1. Criticar el fallo del procurador es apoyar a Petro. Falso. Gran parte de los críticos de la Procuraduría somos, a la vez, críticos de la gestión ineficiente del alcalde y de su política megalómana y errática.
2. El fallo de la Procuraduría es una decisión judicial, se repite por parte de funcionarios y comentaristas. El procurador no es autoridad judicial sino administrativa y, por tanto, sus decisiones carecen de la majestad y de la trascendencia en el Estado de derecho que tienen las que producen los jueces.
3. La intervención de la Fiscalía desconoce la separación de poderes. La Procuraduría General de la Nación no es una rama del poder público, es un organismo de control, y es absurda la pretensión de que carezca de posibilidad de vigilancia o de freno alguno por parte de otros entes estatales. Esto supondría aceptar la existencia de una autoridad omnímoda y soberana en este organismo.
4. Los errores de enfoque, planeación o ejecución de las políticas públicas son castigables por los organismos de control. Se trata de un precedente peligroso e ilegal pues las normas son claras en asegurar que solo deberían serlo las actividades que infrinjan la ley penal. Las malas políticas públicas las juzgan los ciudadanos en las urnas.
5. El procurador es inmune. Falso. La procuraduría no es organismo diseñado para legislar, interpretar la ley o crear jurisprudencia, por lo tanto sus fallos deberían ser controvertibles por naturaleza. El vacío que dejó la Constitución de 1991 respecto a la posibilidad de abuso por parte del procurador más bien avala la posibilidad del control ciudadano que la omnipotencia del funcionario.
6. La movilización ciudadana contra el fallo del procurador o la simple crítica al mismo supone un mal comportamiento ciudadano. Falso. La democracia garantiza la libertad de expresión y de movilización. La ciudadanía activa de algunos sectores de la población afirma mejor la democracia que el sectarismo de sus críticos.
Ahora bien, en medio de tanta algarabía, ¿dónde están los partidos? ¿cuál es la posición de los liberales y de la U sobre el asunto? ¿y los congresistas? Tal y como pasó con el paro agrario, todos comen callados.
El Colombiano, 22 de diciembre
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